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Venezuela - 15 de Octubre del 2024  
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Crédito a través del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.

El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro - individual y patronal - equivalente al 3% del salario integral mensual de los empleados (2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador) y por la recuperación de los créditos ya otorgados.

Para solicitar un crédito habitacional a través de ésta figura se deben seguir los siguientes pasos:

1. Seleccionar previamente la casa o apartamento que desea adquirir, ésta puede ser nueva o del mercado secundario.

2. Cumplir con las siguientes condicines:

    • Ser ahorrista activo del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda teniendo como mínimo 12 aportes al fondo.
    • Tener ingresos familiares mensuales hasta Bs.F. 7.000,00.
    • No poseer vivienda
    • Presentar Declaración Jurada que indique que Ud. o su grupo familiar habitarán la vivienda objeto del crédito.
    • Ser mayor de edad.
    • Ser venezolano. En caso de extranjero, deberá haber adquirido legalmente la residencia, permanecido en el territorio nacional por un período continuo de cinco (5) años o ser padre o madre de un venezolano.
3. Solicitar al operador financiero calificado el otorgamiento del crédito a largo plazo, incluyendo subsidio (en caso que aplique), y entregar allí los siguientes recaudos:
    • Fotocopia de la Cédula de Identidad del Solicitante, Co-Solicitante y Vendedor.
    • Fotocopia del RIF del comprador(es) y vendedor(es).
    • Fotocopia del RIF de la empresa (aplica cuando los ingresos del Solicitante y/o Co-Solicitante provienen de una empresa propia o para el vendedor persona jurídica)
    • Acta de matrimonio o constancia de concubinato (si aplica).
    • Acta de Divorcio (si fuera el caso).
    • Declaración Jurada de no poseer vivienda.
    • Documento Poder Registrado (en caso de la existencia de Apoderado).
    • Constancia de la ONIDEX o presentar Partida de Nacimiento de los hijos venezolanos (en caso de ser extranjero).
    • Constancia vigente y/o Estados de Cuenta del Aporte a la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
    • Referencias Bancarias de cuentas y/o tarjetas de crédito con sus respectivos Estados de Cuenta de los últimos tres (3) meses (trabajadores independientes 6 meses)
    • Original de la Constancia de trabajo (no mayor a 30 días). Certificación de ingresos firmada por un Contador Público (para los trabajadores independientes) que analice un lapso mínimo de 6 meses.
    • Fotocopia de los tres (3) últimos recibos de pago.
    • Fotocopia de la última declaración de ISLR (En caso de no declarar, presentar constancia de no contribuyente en formato emitido por la Institución).
    • Fotocopia de las tres (3) ultimas Declaraciones de ISLR (En caso que los ingresos del solicitante provengan de una empresa propia).
    • Original del Balance personal o mancomunado con antigüedad no mayor de tres (3) meses, firmado por un Contador Público Colegiado.
    • En caso de que los ingresos del Solicitante provengan de una empresa propia:
    • Original del Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas del último año (cierre), firmado por un Contador Público Colegiado.
    • Planilla de Solicitud de Crédito debidamente llenada y firmada por el Solicitante y Co-Solicitante.
    • Original del Documento de Opción Compra-Venta, con un plazo de noventa (90) días más treinta (30) días de prórroga y suscrita en un plazo no mayor a 7 días a la fecha de la solicitud del préstamo.
    • Avalúo del inmueble con un máximo de treinta (30) días de emitido, realizado por un perito avaluador registrado en la Superintendencia de Banco (SUDEBAN) y autorizado por la entidad financiera seleccionada.
4. Finalmente, el operador financiero revisa los recaudos entregados, determina el subsidio a aplicar y calcula el monto del crédito de acuerdo a los ingresos familiares, tramita ante el Banavih la solicitud de los recursos FAOV (crédito) y FASP (subsidio) para que una vez aprobado, se pueda proceder a la adquisición de la vivienda seleccionada.

 
Las Características del Crédito.

Entre las características del crédito que se otorga a través de la figura del Fondo Ahorro Obligatorio para la Vivienda, tenemos que:

    • El pago de las cuotas que se desprenden del crédito habitacional son mensuales y consecutivas y están ajustadas al ingreso mensual del solicitante o grupo familiar.
    • Existe la posibilidad de amortización y cancelación anticipada.
    • El operador financiero solicitado debe otorgar al solicitante toda la asesoría crediticia especializada, si así lo solicita.
    • La Tasa de interés es variable y está establecida por el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Hábitat y Vivienda. Actualmente la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat establece lo siguiente:
Ingreso Familiar Tasa de Interés
Hasta Bs.F. 2.800,00 4,66%
Desde Bs.F. 2.800,00 hasta Bs.F. 5.474,00 6,61%
Desde Bs.F. 5.474,00 hasta Bs.F. 7.000,00 8,55%

 
Subsidio

Los Préstamos Hipotecarios para la adquisición de vivienda principal, que estén dirigidos a familias cuyos ingresos mensuales sean menores a Bs.F. 2.600, calificarán para el otorgamiento del Subsidio Directo Habitacional. Éste subsidio se otorga entonces según las siguientes cifras:


Ingreso Mensual (Bs. F)Subsidio (Bs. F)
DesdeHasta
 79946.000
799,0185045.425
850,0190044.850
900,01950 44.275
950,011.00043.700
1.000,011.05043.125
1.050,01 1.10042.550
1.100,011.15041.975
1.150,011.20041.400
1.200,01 1.25040.825
1.250,01 1.30040.250
1.300,01 1.35039.675
1.350,01 1.40039.100
1.400,01 1.45038.525
1.450,01 1.50037.950
1.500,01 1.55037.375
1.550,01 1.60036.800
1.600,01 1.65036.225
1.650,01 1.70035.650
1.700,01 1.75035.075
1.750,01 1.80034.500
1.800,011.850 33.925
1.850,01 1.90033.350
1.900,01 1.95032.775
1.950,01 2.00032.200
2.000,01 2.05031.625
2.050,01 2.10031.050
2.100,01 2.15030.475
2.150,01 2.20029.900
2.200,01 2.25029.325
2.250,01 2.30028.750
2.300,01 2.35028.175
2.350,01 2.40027.600
2.400,01 2.45027.025
2.450,01 2.50026.450
2.500,01 2.55025.875
2.550,01 2.60025.300

 
Tabla Referencial para el Otorgamiento de Crédito Hipotecario con recursos del FAOV (Click Aquí)

Según Gaceta Oficial N° 39,086 de fecha 23 de Diciembre de 2008.

 
 
 

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