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Crédito a través del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro - individual y patronal - equivalente al 3% del salario integral mensual de los empleados (2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador) y por la recuperación de los créditos ya otorgados.
Para solicitar un crédito habitacional a través de ésta figura se deben seguir los siguientes pasos:
1. Seleccionar previamente la casa o apartamento que desea adquirir, ésta puede ser nueva o del mercado secundario.
2. Cumplir con las siguientes condicines: • Ser ahorrista activo del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda teniendo como mínimo 12 aportes al fondo.
• Tener ingresos familiares mensuales hasta Bs.F. 7.000,00.
• No poseer vivienda
• Presentar Declaración Jurada que indique que Ud. o su grupo familiar habitarán la vivienda objeto del crédito.
• Ser mayor de edad.
• Ser venezolano. En caso de extranjero, deberá haber adquirido legalmente la residencia, permanecido en el territorio nacional por un período continuo de cinco (5) años o ser padre o madre de un venezolano. 3. Solicitar al operador financiero calificado el otorgamiento del crédito a largo plazo, incluyendo subsidio (en caso que aplique), y entregar allí los siguientes recaudos:• Fotocopia de la Cédula de Identidad del Solicitante, Co-Solicitante y Vendedor.
• Fotocopia del RIF del comprador(es) y vendedor(es).
• Fotocopia del RIF de la empresa (aplica cuando los ingresos del Solicitante y/o Co-Solicitante provienen de una empresa propia o para el vendedor persona jurídica)
• Acta de matrimonio o constancia de concubinato (si aplica).
• Acta de Divorcio (si fuera el caso).
• Declaración Jurada de no poseer vivienda.
• Documento Poder Registrado (en caso de la existencia de Apoderado).
• Constancia de la ONIDEX o presentar Partida de Nacimiento de los hijos venezolanos (en caso de ser extranjero).
• Constancia vigente y/o Estados de Cuenta del Aporte a la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
• Referencias Bancarias de cuentas y/o tarjetas de crédito con sus respectivos Estados de Cuenta de los últimos tres (3) meses (trabajadores independientes 6 meses)
• Original de la Constancia de trabajo (no mayor a 30 días). Certificación de ingresos firmada por un Contador Público (para los trabajadores independientes) que analice un lapso mínimo de 6 meses.
• Fotocopia de los tres (3) últimos recibos de pago.
• Fotocopia de la última declaración de ISLR (En caso de no declarar, presentar constancia de no contribuyente en formato emitido por la Institución).
• Fotocopia de las tres (3) ultimas Declaraciones de ISLR (En caso que los ingresos del solicitante provengan de una empresa propia).
• Original del Balance personal o mancomunado con antigüedad no mayor de tres (3) meses, firmado por un Contador Público Colegiado.
• En caso de que los ingresos del Solicitante provengan de una empresa propia:
• Original del Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas del último año (cierre), firmado por un Contador Público Colegiado.
• Planilla de Solicitud de Crédito debidamente llenada y firmada por el Solicitante y Co-Solicitante.
• Original del Documento de Opción Compra-Venta, con un plazo de noventa (90) días más treinta (30) días de prórroga y suscrita en un plazo no mayor a 7 días a la fecha de la solicitud del préstamo.
• Avalúo del inmueble con un máximo de treinta (30) días de emitido, realizado por un perito avaluador registrado en la Superintendencia de Banco (SUDEBAN) y autorizado por la entidad financiera seleccionada. 4. Finalmente, el operador financiero revisa los recaudos entregados, determina el subsidio a aplicar y calcula el monto del crédito de acuerdo a los ingresos familiares, tramita ante el Banavih la solicitud de los recursos FAOV (crédito) y FASP (subsidio) para que una vez aprobado, se pueda proceder a la adquisición de la vivienda seleccionada. |
| Las Características del Crédito.
Entre las características del crédito que se otorga a través de la figura del Fondo Ahorro Obligatorio para la Vivienda, tenemos que: • El pago de las cuotas que se desprenden del crédito habitacional son mensuales y consecutivas y están ajustadas al ingreso mensual del solicitante o grupo familiar.
• Existe la posibilidad de amortización y cancelación anticipada.
• El operador financiero solicitado debe otorgar al solicitante toda la asesoría crediticia especializada, si así lo solicita.
• La Tasa de interés es variable y está establecida por el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Hábitat y Vivienda. Actualmente la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat establece lo siguiente: Ingreso Familiar | Tasa de Interés | Hasta Bs.F. 2.800,00 | 4,66% | Desde Bs.F. 2.800,00 hasta Bs.F. 5.474,00 | 6,61% | Desde Bs.F. 5.474,00 hasta Bs.F. 7.000,00 | 8,55% |
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| Subsidio
Los Préstamos Hipotecarios para la adquisición de vivienda principal, que estén dirigidos a familias cuyos ingresos mensuales sean menores a Bs.F. 2.600, calificarán para el otorgamiento del Subsidio Directo Habitacional. Éste subsidio se otorga entonces según las siguientes cifras:
Ingreso Mensual (Bs. F) | Subsidio (Bs. F) | Desde | Hasta | | 799 | 46.000 | 799,01 | 850 | 45.425 | 850,01 | 900 | 44.850 |
900,01 | 950 | 44.275 | 950,01 | 1.000 | 43.700 | 1.000,01 | 1.050 | 43.125 | 1.050,01 | 1.100 | 42.550 | 1.100,01 | 1.150 | 41.975 | 1.150,01 | 1.200 | 41.400 | 1.200,01 | 1.250 | 40.825 | 1.250,01 | 1.300 | 40.250 | 1.300,01 | 1.350 | 39.675 | 1.350,01 | 1.400 | 39.100 | 1.400,01 | 1.450 | 38.525 | 1.450,01 | 1.500 | 37.950 | 1.500,01 | 1.550 | 37.375 | 1.550,01 | 1.600 | 36.800 | 1.600,01 | 1.650 | 36.225 | 1.650,01 | 1.700 | 35.650 | 1.700,01 | 1.750 | 35.075 | 1.750,01 | 1.800 | 34.500 | 1.800,01 | 1.850 | 33.925 | 1.850,01 | 1.900 | 33.350 | 1.900,01 | 1.950 | 32.775 | 1.950,01 | 2.000 | 32.200 | 2.000,01 | 2.050 | 31.625 | 2.050,01 | 2.100 | 31.050 | 2.100,01 | 2.150 | 30.475 | 2.150,01 | 2.200 | 29.900 | 2.200,01 | 2.250 | 29.325 | 2.250,01 | 2.300 | 28.750 | 2.300,01 | 2.350 | 28.175 | 2.350,01 | 2.400 | 27.600 | 2.400,01 | 2.450 | 27.025 | 2.450,01 | 2.500 | 26.450 | 2.500,01 | 2.550 | 25.875 | 2.550,01 | 2.600 | 25.300 |
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Tabla Referencial para el Otorgamiento de Crédito Hipotecario con recursos del FAOV (Click Aquí)
Según Gaceta Oficial N° 39,086 de fecha 23 de Diciembre de 2008.
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